NOTA INFORMATIVA
Renovación del programa de Seguros de Responsabilidad Civil que el Consejo General de
que el Consejo General de Procuradores de España ha contratado con Case S.A. a traves
Buzón & Miller Correduría de Seguros y Reaseguros S.A. para el período de dos años a
contar de dos años desde 1 de abril de 2008.
VENTAJAS MAS SIGNIFICATIVAS DEL NUEVO PROGRAMA DE SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL PARA LOS PROCURADORES Y SUS DESPACHOS:
El Programa de seguros contratado contempla en términos generales las siguientes mejoras:
Ø Cobertura de Responsabilidad Civil para el Colegiado asegurado.
Ø Cobertura de reclamaciones presentadas contra un despacho de procuradores (tenga éste la forma jurídica que tenga) siempre que tengan su origen en un error profesional cometido por un procurador asegurado.
Ø Inclusión expresa de cobertura para reclamaciones presentadas contra Sociedades Profesionales constituidas al amparo de la ley 2/2007, de 15 de Marzo, en los mismos supuestos que en el apartado anterior.
Ø Cobertura sin limitación por derechos a arancel.
Ø Inclusión de todos los Colegiados sin limitación por número de Reclamaciones.
Ø Cobertura gratuita para los Colegiados asegurados en los supuestos de fallecimiento, invalidez permanente total, o jubilación, mientras la póliza esté en vigor.
Ø Inclusión expresa de las actividades de:
- Firma Electrónica,
- Asesoría Fiscal,
- Asesoramiento Jurídico Inmobiliario,
- Depósito y Embargo, y
- Administración de Fincas.
Ø Aumento de límite de indemnización base asegurado: de 650.000 € por siniestro y año a 750.000 €, 1.500.000 € o 2.500.000 € por siniestro y año, en función del límite elegido por el Colegio.
Aumento de sublímites de indemnización para daños a expedientes, inhabilitación profesional, responsabilidad civil de explotación y patronal.
Ø Eliminación del Límite Agregado Anual para el conjunto de todas las pólizas.
Ø Eliminación de la franquicia.
Ø Ampliación del ámbito territorial a la Unión Europea y Andorra.
Ø Cláusula de delimitación temporal en base a reclamaciones presentadas por primera vez durante la vigencia de la póliza, con retroactividad ilimitada (incluye todas las reclamaciones incluso por faltas profesionales anteriores a la entrada en vigor excepto aquellas que se hubieran notificado fehacientemente con anterioridad a la fecha de efecto de la póliza).
Ø Gastos de defensa, Fianzas Civiles y Penales.
Ø Contrato por dos años.
Ø Inclusión de cláusulas de Junta Consultiva y Arbitraje.
Ø Reducción muy significativa del coste del seguro.
Ø La compañía aseguradora CASER, una de las principales aseguradoras en España en el seguro de responsabilidad civil, presenta como aportación específica su carácter de aseguradora nacional, comprometida con el mercado español a largo plazo y sometida a la supervisión, vigilancia y control de la Dirección General de Seguros y del Ministerio de Economía.
PERSONAS DE CONTACTO EN BRUZON & MILLER CORREDURÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS
En breve, desde la Correduría Bruzon & Miller nos pondremos en contacto con ustedes con el fin de establecer los procedimientos de actuación. De momento, y hasta que se les facilite un 902 exclusivo para consultas, les facilitamos la dirección y personas de contacto en nuestra Correduría:
José Almagro
Tfno: 91 357 67 51
Jerry Seth Smith
Tfno: 91 357 67 89
Andoni Echebarría
Tfno: 91 357 67 49
PÓLIZA DE SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL
PARA COLEGIADOS Y SUS DESPACHOS
1. TOMADOR:
Consejo General de los Procuradores de los Tribunales de España – Colegios Profesionales de Procuradores.
2. ASEGURADO:
· El Tomador del Seguro.
· Organos de Gobierno.
· Los Miembros:
Ø De los órganos que integran el Consejo General de Procuradores de los Tribunales (el Pleno, Comisión Permanente, Comité Ejecutivo y Presidente);
Ø Que integran los Consejos de Colegios de las Comunidades Autónomas;
Ø De la Junta de Gobierno del Colegio de Procuradores de los Tribunales, Tomador del Seguro;
Ø De las Comisiones Delegadas, Junta General, Gerente, Secretario Técnico, Asesores y personal del Colegio y/o de los Consejos;
Ø De cualquier Órgano y/o persona que estatutariamente tenga atribuidas facultades de representación del Tomador del Seguro y cualquier otra Comisión existente en el mismo;
Ø Los empleados del Tomador.
· Los Procuradores colegiados, del Colegio de Procuradores de los Tribunales Tomador del Seguro, ejercientes y no ejercientes asegurados en la póliza.
· Becarios y similares.
3. PERIODO DE SEGURO:
Dos años a partir del 1 de abril de 2008.
4. COBERTURAS, LIMITES Y FRANQUICIAS:
4.1. RESPONSABILIDAD CIVIL PROFESIONAL, DERIVADA DE LA ACTIVIDAD ASEGURADA:
LIMITES:
Opción A:
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Capital
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750.000 €
|
Por siniestro, Asegurado y Año de Seguro.
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Opción B:
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Capital Obligatorio
1ª Capa
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1.500.000 €
|
Por siniestro, Asegurado y Año de Seguro.
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Capital Voluntario
2ª Capa
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1.000.000 €
En exceso de 1.500.000 €
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Por siniestro, Asegurado y Año de Seguro.
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Los Colegiados tras el cese voluntario en la actividad estarán incluidos de forma gratuita, es decir sin abono de prima.
FRANQUICIAS:
Sin franquicia.
DAÑOS A DOCUMENTOS CONFIADOS:
Límite por siniestro, Asegurado y por año de seguro: 180.300,00 €.
FRANQUICIAS:
Sin franquicia.
4.2. RESPONSABILIDAD CIVIL DE EXPLOTACION, INCLUYENDO R.C. LOCATIVA:
LIMITES:
Opción A:
Por siniestro, Asegurado y por año de seguro 750.000,00 €
Opción B:
Por siniestro, Asegurado y por año de seguro 1.500.000,00 €
FRANQUICIAS:
Sin franquicia.
4.3. RESPONSABILIDAD CIVIL PATRONAL, POR ACCIDENTES DE TRABAJO:
LIMITES:
Opción A:
Por siniestro, Asegurado y por año de seguro 750.000,00 €
Opción B:
Por siniestro, Asegurado y por año de seguro 1.500.000,00 €
En ambas opciones:
Por víctima, límite de 150.000,00 €
4.4. GASTOS DE DEFENSA, FIANZAS CIVILES Y PENALES:
Cabe libre designación de Abogado y Procurador, distintos de los proporcionados por la Aseguradora con un límite máximo y conjunto de honorarios de 30.000 € en procedimientos judiciales de cuantía igual o superior a 60.000 €.
Liberación de gastos hasta un límite del 100% de la suma asegurada para siniestros en España, Portugal y Andorra.
4.5. INHABILITACION PARA EL EJERCICIO DE LA ACTIVIDAD:
LIMITES:
Por Asegurado y mes 1.800,00 € (Durante 12 meses).
4.6. CLÁUSULA DE RECLAMACIÓN A CONTRARIOS (GASTOS):
€ 30.000 para cada asegurado al año.
5. LIMITE AGREGADO ANUAL:
Sin límite.
6. DELIMITACION GEOGRAFICA:
Unión Europea y Andorra.
7. DELIMITACION TEMPORAL:
Cláusula de delimitación temporal en base a reclamaciones presentadas por primera vez durante la vigencia de la póliza, con retroactividad ilimitada (incluye todas las reclamaciones incluso por faltas profesionales anteriores a la entrada en vigor excepto aquellas que se hubieran notificado fehacientemente con anterioridad a la fecha de efecto de la póliza).
8. CONDICIONES ECONOMICAS:
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Opción
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Límite de Indemnización
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Prima Neta / Asegurado / Año
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Prima total / Asegurado / Año
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A
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750.000 €
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155,00 €
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164,77 €
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B
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1ª Capa obligatoria
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1.500.000 €
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195,00 €
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207,29 €
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2ª Capa voluntaria
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1.000.000 € en exceso de 1.500.000 €
|
165,00 €
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175,40 €
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Notas.-
· Los Herederos y Junta de Gobierno incluidos sin prima.
· Los Asegurados Inactivos incluidos sin prima.
· Para los Procuradores con menos de un año desde su nombramiento: primer año descuento del 50%.
· Posibilidad de contratar 2 años manteniendo las primas anuales anteriormente ofertadas si la siniestralidad no supera el 80% de las primas totales.
PÓLIZA DE SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL
PARA ÓRGANOS DEL CONSEJO GENERAL,
CONSEJOS DE COMUNIDADES AUTÓNOMAS Y COLEGIOS,
JUNTAS DE GOBIERNO, Y DEMÁS ÓRGANOS
1. TOMADOR:
Consejo General de los Procuradores de los Tribunales de España – Colegios Profesionales de Procuradores.
2. ASEGURADO:
· El Tomador del Seguro.
· Organos de Gobierno.
· Los Miembros:
Ø De los órganos que integran el Consejo General de Procuradores de los Tribunales (el Pleno, Comisión Permanente, Comité Ejecutivo y Presidente);
Ø Que integran los Consejos de Colegios de las Comunidades Autónomas;
Ø De la Junta de Gobierno del Colegio de Procuradores de los Tribunales, Tomador del Seguro;
Ø De las Comisiones Delegadas, Junta General, Gerente, Secretario Técnico, Asesores y personal del Colegio y/o de los Consejos;
Ø De cualquier Órgano y/o persona que estatutariamente tenga atribuidas facultades de representación del Tomador del Seguro y cualquier otra Comisión existente en el mismo;
Ø Los empleados del Tomador.
· Becarios y similares.
3. PERIODO DE SEGURO:
Dos años a partir del 1 de abril de 2008, si se renueva la póliza de Colegiados y sus despachos.
4. COBERTURAS, LIMITES Y FRANQUICIAS:
4.1. RESPONSABILIDAD CIVIL PROFESIONAL, DERIVADA DE LA ACTIVIDAD ASEGURADA:
LIMITES:
Por siniestro, Asegurado y por año de seguro 1.800.000,00 €
FRANQUICIAS:
Sin franquicia.
DAÑOS A DOCUMENTOS CONFIADOS:
Límite por siniestro, Asegurado y por año de seguro: 180.300,00 €.
FRANQUICIAS:
Sin franquicia.
4.2. RESPONSABILIDAD CIVIL DE EXPLOTACION, INCLUYENDO R.C. LOCATIVA:
LIMITES:
Por siniestro, Asegurado y por año de seguro 1.000.000,00 €
FRANQUICIAS:
Sin franquicia.
4.3. RESPONSABILIDAD CIVIL PATRONAL, POR ACCIDENTES DE TRABAJO:
LIMITES:
Por siniestro, Asegurado y por año de seguro 1.000.000,00 €
Por víctima, límite de 150.000,00 €
4.4. GASTOS DE DEFENSA, FIANZAS CIVILES Y PENALES:
Cabe libre designación de Abogado y Procurador, distintos de los proporcionados por la Aseguradora con un límite máximo y conjunto de honorarios de 30.000 € en procedimientos judiciales de cuantía igual o superior a 60.000 €.
Liberación de gastos hasta un límite del 100% de la suma asegurada para siniestros en España, Portugal y Andorra.
4.5. CLÁUSULA DE RECLAMACIÓN A CONTRARIOS (GASTOS):
€ 30.000 para cada asegurado al año.
5. LIMITE AGREGADO ANUAL:
Sin límite.
6. DELIMITACION GEOGRAFICA:
Unión Europea y Andorra.
7. DELIMITACION TEMPORAL:
Cláusula de delimitación temporal en base a reclamaciones presentadas por primera vez durante la vigencia de la póliza, con retroactividad ilimitada (incluye todas las reclamaciones incluso por faltas profesionales anteriores a la entrada en vigor excepto aquellas que se hubieran notificado fehacientemente con anterioridad a la fecha de efecto de la póliza).