Nueva póliza de seguro de responsablidad civil

NOTA INFORMATIVA
 
  
Renovación del programa de Seguros de Responsabilidad Civil que el Consejo General de
que el Consejo General de Procuradores de España ha contratado con Case S.A. a traves
Buzón & Miller Correduría de Seguros y Reaseguros S.A. para el período de dos años a
contar de dos años desde 1 de abril de 2008.
 
 
VENTAJAS MAS SIGNIFICATIVAS DEL NUEVO PROGRAMA DE SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL PARA LOS PROCURADORES Y SUS DESPACHOS:
 
El Programa de seguros contratado contempla en términos generales las siguientes mejoras:
 
Ø      Cobertura de Responsabilidad Civil para el Colegiado asegurado.
 
Ø      Cobertura de reclamaciones presentadas contra un despacho de procuradores (tenga éste la forma jurídica que tenga) siempre que tengan su origen en un error profesional cometido por un procurador asegurado.
 
Ø      Inclusión expresa de cobertura para reclamaciones presentadas contra Sociedades Profesionales constituidas al amparo de la ley 2/2007, de 15 de Marzo, en los mismos supuestos que en el apartado anterior.
 
Ø      Cobertura sin limitación por derechos a arancel.
 
Ø      Inclusión de todos los Colegiados sin limitación por número de Reclamaciones.
 
Ø      Cobertura gratuita para los Colegiados asegurados en los supuestos de fallecimiento, invalidez permanente total, o jubilación, mientras la póliza esté en vigor.
 
Ø      Inclusión expresa de las actividades de:
 
  • Firma Electrónica,
  • Asesoría Fiscal,
  • Asesoramiento Jurídico Inmobiliario,
  • Depósito y Embargo, y
  • Administración de Fincas.
 
Ø      Aumento de límite de indemnización base asegurado: de 650.000 € por siniestro y año a 750.000 €, 1.500.000 € o 2.500.000 € por siniestro y año, en función del límite elegido por el Colegio.
 
Aumento de sublímites de indemnización para daños a expedientes, inhabilitación profesional, responsabilidad civil de explotación y patronal.
 
Ø      Eliminación del Límite Agregado Anual para el conjunto de todas las pólizas.
 
Ø      Eliminación de la franquicia.
 
Ø      Ampliación del ámbito territorial a la Unión Europea y Andorra.
 
Ø      Cláusula de delimitación temporal en base a reclamaciones presentadas por primera vez durante la vigencia de la póliza, con retroactividad ilimitada (incluye todas las reclamaciones incluso por faltas profesionales anteriores a la entrada en vigor excepto aquellas que se hubieran notificado fehacientemente con anterioridad a la fecha de efecto de la póliza).
 
Ø      Gastos de defensa, Fianzas Civiles y Penales.
 
Ø      Contrato por dos años.
 
Ø      Inclusión de cláusulas de Junta Consultiva y Arbitraje.
 
Ø      Reducción muy significativa del coste del seguro.
 
Ø      La compañía aseguradora CASER, una de las principales aseguradoras en España en el seguro de responsabilidad civil, presenta como aportación específica su carácter de aseguradora nacional, comprometida con el mercado español a largo plazo y sometida a la supervisión, vigilancia y control de la Dirección General de Seguros y del Ministerio de Economía.
 
PERSONAS DE CONTACTO EN BRUZON & MILLER CORREDURÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS
 
En breve, desde la Correduría Bruzon & Miller nos pondremos en contacto con ustedes con el fin de establecer los procedimientos de actuación. De momento, y hasta que se les facilite un 902 exclusivo para consultas, les facilitamos la dirección y personas de contacto en nuestra Correduría:
 
José Almagro
Tfno: 91 357 67 51
 
Jerry Seth Smith
Tfno: 91 357 67 89
 
Andoni Echebarría
Tfno: 91 357 67 49
 
PÓLIZA DE SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL
PARA COLEGIADOS Y SUS DESPACHOS
 
1. TOMADOR:
 
Consejo General de los Procuradores de los Tribunales de España – Colegios Profesionales de Procuradores.
 
2. ASEGURADO:
 
·              El Tomador del Seguro.
 
·              Organos de Gobierno.
 
·              Los Miembros:
 
Ø            De los órganos que integran el Consejo General de Procuradores de los Tribunales (el Pleno, Comisión Permanente, Comité Ejecutivo y Presidente);
 
Ø            Que integran los Consejos de Colegios de las Comunidades Autónomas;
 
Ø            De la Junta de Gobierno del Colegio de Procuradores de los Tribunales, Tomador del Seguro; 
 
Ø            De las Comisiones Delegadas, Junta General, Gerente, Secretario Técnico, Asesores y personal del Colegio y/o de los Consejos;
 
Ø            De cualquier Órgano y/o persona que estatutariamente tenga atribuidas facultades de representación del Tomador del Seguro y cualquier otra Comisión existente en el mismo;
 
Ø            Los empleados del Tomador.
 
·        Los Procuradores colegiados, del Colegio de Procuradores de los Tribunales Tomador del Seguro, ejercientes y no ejercientes asegurados en la póliza.
 
·        Becarios y similares.
 
3. PERIODO DE SEGURO:
 
Dos años a partir del 1 de abril de 2008.
 
 
 
 
 
 
 
4. COBERTURAS, LIMITES Y FRANQUICIAS:
 
4.1. RESPONSABILIDAD CIVIL PROFESIONAL, DERIVADA DE LA ACTIVIDAD ASEGURADA:
 
LIMITES:
 
Opción A:       
 
Capital
750.000 €
Por siniestro, Asegurado y Año de Seguro.
 
Opción B:       
 
Capital Obligatorio
1ª Capa
1.500.000 €
Por siniestro, Asegurado y Año de Seguro.
Capital Voluntario
2ª Capa
1.000.000 €
En exceso de 1.500.000 €
Por siniestro, Asegurado y Año de Seguro.
 
Los Colegiados tras el cese voluntario en la actividad estarán incluidos de forma gratuita, es decir sin abono de prima.
 
FRANQUICIAS:
 
Sin franquicia.
 
DAÑOS A DOCUMENTOS CONFIADOS:
 
Límite por siniestro, Asegurado y por año de seguro: 180.300,00 €.
 
FRANQUICIAS:
 
Sin franquicia.
 
4.2. RESPONSABILIDAD CIVIL DE EXPLOTACION, INCLUYENDO R.C. LOCATIVA:
 
LIMITES:
 
Opción A:       
 
Por siniestro, Asegurado y por año de seguro                          750.000,00 €
 
Opción B:       
 
Por siniestro, Asegurado y por año de seguro                          1.500.000,00 €
 
FRANQUICIAS:
 
Sin franquicia.
             
4.3. RESPONSABILIDAD CIVIL PATRONAL, POR ACCIDENTES DE TRABAJO:
 
LIMITES:
 
Opción A:       
 
Por siniestro, Asegurado y por año de seguro                          750.000,00 €
 
Opción B:       
 
Por siniestro, Asegurado y por año de seguro                          1.500.000,00 €
 
En ambas opciones:
 
Por víctima, límite de                                                              150.000,00 €
 
4.4. GASTOS DE DEFENSA, FIANZAS CIVILES Y PENALES:
 
Cabe libre designación de Abogado y Procurador, distintos de los proporcionados por la Aseguradora con un límite máximo y conjunto de honorarios de 30.000 € en procedimientos judiciales de cuantía igual o superior a 60.000 €.
 
Liberación de gastos hasta un límite del 100% de la suma asegurada para siniestros en España, Portugal y Andorra.
 
4.5. INHABILITACION PARA EL EJERCICIO DE LA ACTIVIDAD:
 
LIMITES:
 
Por Asegurado y mes              1.800,00 € (Durante 12 meses).
 
4.6. CLÁUSULA DE RECLAMACIÓN A CONTRARIOS (GASTOS):
 
€ 30.000 para cada asegurado al año.
 
5. LIMITE AGREGADO ANUAL:
 
Sin límite.
 
6. DELIMITACION GEOGRAFICA:
 
Unión Europea y Andorra.
 
7. DELIMITACION TEMPORAL:
 
Cláusula de delimitación temporal en base a reclamaciones presentadas por primera vez durante la vigencia de la póliza, con retroactividad ilimitada (incluye todas las reclamaciones incluso por faltas profesionales anteriores a la entrada en vigor excepto aquellas que se hubieran notificado fehacientemente con anterioridad a la fecha de efecto de la póliza).
 
8. CONDICIONES ECONOMICAS:
 
Opción
Límite de Indemnización
Prima Neta / Asegurado / Año
Prima total / Asegurado / Año
A
750.000 €
 
155,00 €
164,77 €
B
1ª Capa obligatoria
 
1.500.000 €
  195,00 €
                207,29 €
2ª Capa voluntaria
 
1.000.000 € en exceso de 1.500.000 €
                  165,00 €
                  175,40 €
 
Notas.-
 
·        Los Herederos y Junta de Gobierno incluidos sin prima.
 
·        Los Asegurados Inactivos incluidos sin prima.
 
·        Para los Procuradores con menos de un año desde su nombramiento: primer año descuento del 50%.
 
·        Posibilidad de contratar 2 años manteniendo las primas anuales anteriormente ofertadas si la siniestralidad no supera el 80% de las primas totales.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
PÓLIZA DE SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL
PARA ÓRGANOS DEL CONSEJO GENERAL,
CONSEJOS DE COMUNIDADES AUTÓNOMAS Y COLEGIOS,
JUNTAS DE GOBIERNO, Y DEMÁS ÓRGANOS
 
1. TOMADOR:
 
Consejo General de los Procuradores de los Tribunales de España – Colegios Profesionales de Procuradores.
 
2. ASEGURADO:
 
·        El Tomador del Seguro.
 
·        Organos de Gobierno.
 
·        Los Miembros:
 
Ø            De los órganos que integran el Consejo General de Procuradores de los Tribunales (el Pleno, Comisión Permanente, Comité Ejecutivo y Presidente);
 
Ø            Que integran los Consejos de Colegios de las Comunidades Autónomas;
 
Ø            De la Junta de Gobierno del Colegio de Procuradores de los Tribunales, Tomador del Seguro; 
 
Ø            De las Comisiones Delegadas, Junta General, Gerente, Secretario Técnico, Asesores y personal del Colegio y/o de los Consejos;
 
Ø            De cualquier Órgano y/o persona que estatutariamente tenga atribuidas facultades de representación del Tomador del Seguro y cualquier otra Comisión existente en el mismo;
 
Ø            Los empleados del Tomador.
 
·        Becarios y similares.
 
3. PERIODO DE SEGURO:
 
Dos años a partir del 1 de abril de 2008, si se renueva la póliza de Colegiados y sus despachos.
 
 
 
 
 
 
 
 
4. COBERTURAS, LIMITES Y FRANQUICIAS:
 
4.1. RESPONSABILIDAD CIVIL PROFESIONAL, DERIVADA DE LA ACTIVIDAD ASEGURADA:
 
LIMITES:
 
Por siniestro, Asegurado y por año de seguro                          1.800.000,00 €
 
FRANQUICIAS:
 
Sin franquicia.
 
DAÑOS A DOCUMENTOS CONFIADOS:
 
Límite por siniestro, Asegurado y por año de seguro: 180.300,00 €.
 
FRANQUICIAS:
 
Sin franquicia.
 
4.2. RESPONSABILIDAD CIVIL DE EXPLOTACION, INCLUYENDO R.C. LOCATIVA:
 
LIMITES:
 
Por siniestro, Asegurado y por año de seguro                          1.000.000,00 €
 
FRANQUICIAS:
 
Sin franquicia.
             
4.3. RESPONSABILIDAD CIVIL PATRONAL, POR ACCIDENTES DE TRABAJO:
 
LIMITES:
 
Por siniestro, Asegurado y por año de seguro                          1.000.000,00 €
 
Por víctima, límite de                                                       150.000,00 €
 
 
 
 
 
4.4. GASTOS DE DEFENSA, FIANZAS CIVILES Y PENALES:
 
Cabe libre designación de Abogado y Procurador, distintos de los proporcionados por la Aseguradora con un límite máximo y conjunto de honorarios de 30.000 € en procedimientos judiciales de cuantía igual o superior a 60.000 €.
 
Liberación de gastos hasta un límite del 100% de la suma asegurada para siniestros en España, Portugal y Andorra.
 
4.5. CLÁUSULA DE RECLAMACIÓN A CONTRARIOS (GASTOS):
 
€ 30.000 para cada asegurado al año.
 
5. LIMITE AGREGADO ANUAL:
 
Sin límite.
 
6. DELIMITACION GEOGRAFICA:
 
Unión Europea y Andorra.
 
7. DELIMITACION TEMPORAL:
 
Cláusula de delimitación temporal en base a reclamaciones presentadas por primera vez durante la vigencia de la póliza, con retroactividad ilimitada (incluye todas las reclamaciones incluso por faltas profesionales anteriores a la entrada en vigor excepto aquellas que se hubieran notificado fehacientemente con anterioridad a la fecha de efecto de la póliza).